Secretario general de la A.V.M.T.N esta obligado a acatar medida cautelar ordenada en su contra por el tribunal de primera instancia en lo civil y mercantil.y deberá rendir cuentas a sus asociados. |
primera instancia en lo civil y mercantil de la circunscripcion judicial del estado Aragua define claramente la obliegatoriedad de cumplimiento inmediato de las dispociciones acordadas en ella en las que explicitamente se manifiesta lo siguiente
1-. El Sr. Leonardo Varela como secretario general de la asociacion venezolana de matadores de toros y novillos no podrà ejercer funciones como tal hasta una vez terminado el juicio o cuando los asociados elijan una nueva junta directiva, se limita sus funciones ùnica y exclusivamente para ejercer actos tendentes al socorro financiero de algun asociado por aglun percance o accidente y a pagos de personal.
2- El tribunal decreta la prohibiciòn absoluta de dictar y mantener vetos sobre algùn asociado o empresa promotora de espectaculos taurinos mientras dure el presente juicio
. 3 - Se conmina al secretario general a presentar cuentas de su gestion desde el 12 de julio del 2008.
4. Dado el caracter de la medida se obliga de inmediato al señor Varela a desconvocar el veto de las ferias de Maracay y San Felipe teniendo que cumplir con su obligacion de asistir dichas ferias de cualquier eventualidad y deberà estar presente para cancelar cualquier factura de servivios mèdicos.
Con esta medida, el toreo en venezuela logra un nuevo triunfo de caracter legal, se acaban definitivamente los intentos de atentar contra la fiesta con elementos internos a ella y crea un extraordinario precedente hìstòrico que seguramente servirà para engrandecer los valores de la tauromaquia en Venezuela y sus profesionales.
a continuacion la medida ;
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