AnimaNaturalis rechaza la Ley Lebrún/Useche
Te invitamos a enviar nuestra carta modelo AnimaNaturalis
Al contrario de lo que se señala la Comisión de Ambiente, Recursos Naturales y Ordenamiento Territorial de la Asamblea Nacional de Venezuela el nuevo proyecto de Ley de Protección de los Animales, dista mucho de serlo.
Pero antes de hacer un análisis crítico, es recurrente señalar que las asociaciones y grupos de PROTECCIÓN ANIMAL, quienes tienen el LEGÍTIMO INTERÉS en este documento, han sido negados del borrador final.
Por tal motivo, nuestra apreciación es especulativa y se basa en los anteriores proyectos presentados por los doctores Felipe Lebrún y Edgar Useche en la consulta pública realizada el 25 de marzo de 2009 en el Palacio Federal Legislativo de la Asamblea Nacional de Venezuela y declaraciones de diferentes diputados al momento de aprobar la nueva ley.
¿A qué nos oponemos?
A. En primer lugar al cambio de fondo y forma.
En marzo de 2006, la Asamblea Nacional aprobó en primera discusión el PROYECTO DE LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES DOMÉSTICOS, DOMINADOS, SILVESTRES y EXÓTICOS LIBRES Y EN CAUTIVERIO.
Recordemos que aprobar en primera discusión significa que los diputados del parlamento venezolano reconocen la exposición de motivos que le fue presentada y en base a ello autoriza que se elabore un texto legal que satisfaga la necesidades nacionales.
Revisemos la exposición de motivos aprobada en 2006:
a.) “Es objeto de esta Ley es la protección de los animales Domésticos, Dominados, Silvestres Y Exóticos que viven en cautiverio, bajo la protección del hombre, recogiéndose en ellas las atenciones mínimas que han de recibir los animales, regulándose a dicho objeto la inspección y vigilancia, las obligaciones de sus poseedores, los centros de recolección y albergues o las instalaciones para su mantenimiento temporal.”
Según las repetidas declaraciones del presidente de la Subcomisión de Ambiente de la Asamblea Nacional, el diputado Julio García Jarpa, el nuevo proyecto de ley fue cambiado a Ley de la Protección de los Animales Domésticos, lo que significa una mutilación a los derechos de los demás animales, defendidos en el proyecto inicial de 2006.
b) “La presente Ley fija como principio fundamental de protección de estos animales, el de posesión o tenencia responsable, de modo que los afectados asuman el cuidado de los animales en todos los aspectos contenidos en esta Ley, como la contraprestación humana que se les debe frente al efecto o utilidad que significa el animal para su compañero o poseedor.”
Cuando el presidente de Fundafauna, en calidad de asesor de la Comisión de Ambiente y redactor de la nueva ley, declara que en el nuevo articulado se prohíbe la tenencia de la raza de perro American Pitbull Terrier y todos sus mestizajes, no sólo se discrimina a un animal al mejor estilo Nazi, sino que condena a la raza por los delitos de la tenencia irresponsable, o por la posibilidad de ella, en lugar de penalizar a quien emplee o mal eduque al animal. Es como si se detuviera como culpable de un crimen a un revólver y no a quien disparó.
c) “Excepcionalmente, permite esta Ley la celebración de los espectáculos tradicionales en los que intervengan animales, siempre que se vengan celebrando consetudinariamente basándose en la necesidad e interés de pervivencia del patrimonio tradicional cultural de las distintas regiones del país, siempre y cuando no se humille, lastime, hiera o mate a los animales utilizados y manipulados para dar estas fiestas.”
Recordemos que el artículo 6 del proyecto inicial abolía los toros coleados, las peleas de gallo, circos con animales y las corridas de toros, pero ahora, se recurrió a una salida propia de Poncius Pilatous que deja a las alcaldías la potestad de de resolver la realización o no de estas actividades.
d) “También recoge e incentiva la Ley la necesaria participación de la sociedad en su conjunto a través de la potenciación de las asociaciones de protección y defensa; así como el impulso y difusión de una estrategia social, que contribuya al fomento del respeto a los animales.“
¿Cómo pretende la Asamblea Nacional la participación de la sociedad en su conjunto si no le da participación cuando la solicita? Y la frase “la potenciación de las asociaciones de protección y defensa” hemos de imaginarnos que es una exclusividad de Fundafauna, porque el resto, más de 50 organizaciones que estamos desde 2006 velando por este proyecto fuimos excluidos de cualquier consulta.
B. Los Antecedentes
Según los proyectos presentados por los doctores Felipe Lebrún y Edgar Useche, el nuevo texto (que es un híbrido de ambos) no puede ser muy distinto a lo que las asociaciones de protección animal rechazaron en la consulta pública de marzo de este año.
Pero también existen otros componentes, las acciones. De acuerdo a lo dicho y hecho a lo largo de su trayectoria, los redactores del proyecto expondrían (ahora con más derecho) la plenitud de sus pensamientos y procedimientos.
Por ejemplo, no nos extrañaría que en el nuevo proyecto se permita la utilización de animales domésticos en experimentación en los institutos y escuelas de educación básica y diversificada, institutos universitarios o universidades, debido a que Fundafauna, organismo dirigido por Lebrún ha recibido infinidades de denuncias y reclamos por otorgar animales recogidos por su fundación para tales fines y esto legalizaría algo por lo que ha sido criticado.
O también sobre aquellos animales que circulan sin dueño. Según el proceder, seguramente se buscaría el mecanismo legal para resguardarlo el menor tiempo posible y para que la autoridad municipal pueda recurrir a su sacrificio lo más inmediato posible.
El nuevo proyecto de ley no pareciera basarse en los derechos del animal sino en su control en beneficio del hombre. Algo totalmente inadmisible en términos de contexto.
No pretendemos nunca darle al animal la nivelación a humano, que vote o decida los lineamientos de una nación, esa nunca será nuestra posición. Pero tampoco por ello se deba permitir que sea visto como un simple objeto de producción, sin tomar en cuenta que siente y padece.
La ley debería darle al profesional veterinario una herramienta para dignificar su profesión, sí, pero también una obligatoriedad a que cumpla su labor de salvar y no una licencia para sacrificar. Además de obligarlo a denunciar cualquier irregularidad o maltrato visible de una animal que llegue a su atención.
EN LÍNEAS GENERALES
Nos oponemos a este proyecto por:
1. No representar la opinión de la mayoría de las asociaciones de protección animal.
2. No ser participativa para quienes defienden a los derechos animales pero sí para quienes se benefician de su explotación.
3. Considerar el nuevo proyecto de ley como de exterminio y explotación animal en lugar de protección.
4. Ser disonante con la exposición de motivos aprobada en primera discusión.
5. Excepcionar a la gran mayoría de los animales, para que aún sigan siendo explotados y maltratados legalmente.
6. Permitir los sacrificios rituales
7. Dejar a un lado todo espectáculo que utilice animales, desviando la responsabilidad a otros organismos de la manera más cobarde.
8. Disponer de la extinción directa de una raza (American Pitbull Terrier) por simple discriminación, sin argumentos consistentes ni haber debatido el tema a profundidad.
Acciones a tomar
Será de mucha utilidad y apoyo que con propias palabras o copiando la carta modelo enviasen al siguiente correo electrónico, comisionambiente@an.gob.ve , o al fax (0212) 409.68.24 a fin de exhortar a los parlamentarios venezolanos a reflexionar sobre la decisión de promulgar esta ley.
Seleccionar Todo
Señores Asamblea Nacional de Venezuela
Secretaría General
Comisión de Ambiente, Recursos Naturales y Ordenamiento Territorial
Diputado Earle Herrera, Presidente
Diputado Julio García Jarpa, Vicepresidente
y demás diputados de la Comisión
Ciudadanos Diputados:
Bajo el amparo constitucional que me da la República, me dirijo a ustedes para expresar mi descontento con las modificaciones de contexto a que fue sujeta la Ley para la Protección de Animales Domésticos, Dominados, Silvestres, Exóticos, Libres y en Cautiverio.
Estas modificaciones, no sólo contrarían con la exposición de motivos aprobada en primera discusión en marzo de 2007, sino que excluyen a la gran mayoría de los animales, y los pocos que son atendidos en el cuerpo legal quedan expuestos a la discriminación y exterminio por parte de las autoridades gubernamentales.
Entiendo que si se promulga una ley de PROTECCIÓN ANIMAL, es para DEFENDER A LOS ANIMALES, no para controlarlos a favor de unos particulares.
Por otro lado considero irrespetuoso que tal decisión haya sido tomada a puerta cerrada, evadiendo la democracia participativa.
Exhorto a reflexionar sobre sus actos y a tomar en cuenta la verdadera voz popular y no las conclusiones de asesores sin la sensibilidad hacia los animales y desconocedores de la realidad.
Venezuela necesita cambios, y para ello es necesario cambiar la actitud de los ciudadanos hacia la atención de todo lo que les rodea; ambiente, animales, prójimos.
Una ley que irrespeta la vida y dignidad de los más débiles no ayuda a estos cambios.
Nombre Apellido
Cédula de Identidad
Correo Electrónico
Teléfono (opcional)
No hay comentarios:
Publicar un comentario